Con la publicación del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios, se da respuesta al artículo 4.4 del Reglamento 852/2004.
El marco normativo de iniciativa nacional, desarrollado principalmente en la década de los ochenta, incluía un número de criterios microbiológicos muy superior al establecido en del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. Dichos criterios nacionaleshabían perdido su vigencia total o parcialmente al no adaptarse a principios internacionalmente aprobados ni basarse en la determinación formal del riesgo. La convivencia entre los criterios nacionales y el reglamento comunitario, inducía a confusión a los operadores de las empresas alimentarias que habían de aplicarlos.
El marco normativo de iniciativa nacional, desarrollado principalmente en la década de los ochenta, incluía un número de criterios microbiológicos muy superior al establecido en del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios. Dichos criterios nacionaleshabían perdido su vigencia total o parcialmente al no adaptarse a principios internacionalmente aprobados ni basarse en la determinación formal del riesgo. La convivencia entre los criterios nacionales y el reglamento comunitario, inducía a confusión a los operadores de las empresas alimentarias que habían de aplicarlos.
Por ello, se ha procedido a la publicación del Real Decreto 135/2010, de 12 de febrero, por el que se derogan disposiciones relativas a los criterios microbiológicos de los productos alimenticios. De esta manera se proporciona seguridad jurídica a las empresas alimentarias, manteniéndose un nivel elevado de protección de la salud pública mediante el cumplimiento del Reglamento comunitario.
En la actualidad, el marcado de fechas obligatorio de los productos alimenticios, conforme al Real Decreto 1334/1999, de 31 de Julio de 1999, por el que se aprueba la Norma General de Etiquetado, Presentación y Publicidad de los Productos Alimenticios. (B.O.E. 24.08.1999), es responsabilidad del operador económico.
Con la publicación del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios, se da respuesta al artículo 4.4 del Reglamento 852/2004.
http://www.aesan.msc.es/AESAN/web/cadena_alimentaria/detalle/criterios_microbiologicos.shtml
Con la publicación del Reglamento (CE) no 2073/2005 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios, se da respuesta al artículo 4.4 del Reglamento 852/2004.
http://www.aesan.msc.es/AESAN/web/cadena_alimentaria/detalle/criterios_microbiologicos.shtml
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